NACIONALES
LA ANSES ABONA LA AYUDA
ESCOLAR ANUAL A TRABAJADORES Y BENEFICIARIOS
Entre
marzo y abril la percibirán por sus hijos quienes están en actividad, entre
fines de febrero y principios de marzo aquellos que reciben mensualmente la
Prestación por Desempleo. Jubilados y pensionados ya la cobraron en febrero.
El
valor general de la asignación es de $170 y asciende hasta $680, según la zona
geográfica donde el trabajador desarrolla tareas, o hasta $ 340, según la zona
de residencia de los jubilados y pensionados.
El
pago será masivo para aquellos menores de 17 años que hayan acreditado ante la
ANSES la asistencia al ciclo lectivo 2012. Es necesario que concurran al Nivel
Inicial, Primario o EGB, Secundario o Polimodal, o que reciban educación
especial o rehabilitación en el caso de hijos con discapacidad.
Los
beneficiarios de la Ayuda Escolar Anual deberán, obligatoriamente, presentar el
certificado de asistencia a la escuela todos los años. Caso contrario, el
monto abonado a principio de año será descontado de las futuras liquidaciones
de asignaciones familiares.
El período para
presentar el certificado ante la ANSES es desde el inicio del ciclo lectivo
hasta el 31 de octubre, solicitando un turno previamente desde el sitio www.anses.gob.ar o
comunicándose al 130. Si se trata de niños que concurren a escuelas de
verano, habrá tiempo de presentarlo hasta el 31 de diciembre de cada año.
Importante: quienes no reciban el pago masivo se
les abonará la asignación contra presentación del Formulario PS 2.68
“Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” que acredita la
escolarización de los chicos y que la ANSES tiene publicado en su sitio web www.anses.gob.ar.
Este
formulario, con los datos de inicio de ciclo lectivo o de inicio de Tratamiento
de Rehabilitación y/o Enseñanza Diferencial, acreditará la concurrencia de los
chicos al colegio o a distintos tratamientos, garantizando la transparencia y
el control en el proceso de pago.
¿Cuándo hace el pago masivo la ANSES?
·
Para los trabajadores y beneficiarios de ART de
empresas incorporadas al SUAF se pone al pago en marzo o abril de cada
año
·
Para los beneficiarios de la Prestación por
Desempleo se abona a fines de febrero para los que perciben el Plan 1 y a
principios de marzo para los del Plan 2.
·
Para los jubilados y pensionados se paga
en febrero de cada año, junto con los haberes.
Para más
información acerca de la Ayuda Escolar Anual, se puede ingresar al sitio web de
la ANSES www.anses.gob.ar.
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