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lunes, 13 de mayo de 2013

CAZA MENOR EN PCIA. DE BUENOS AIRES
POLICIALES



Habilitaron la caza menor en la provincia de Buenos Aires

Las especies permitidas y cupos son:


a) Pato barcino o maicero (Anas georgica), pato barcino chico (Anas flavirostris), pato cuchara (Anas platalea), pato picazo (Netta peposaca) y pato viuda o silbón de cara blanca (Dendrocygna viduata), hasta un total de cinco cinco ejemplares, cualquiera sea la especie, por cazador y por día, desde el 10 de mayo hasta el 11 de agosto de 2013 inclusive.

b) Liebre europea (Lepus europaeus), hasta diez piezas por día y por cazador, desde el 10 de mayo hasta el 11 de agosto de 2013 inclusive.
c) Perdiz chica (Nothura maculosa), hasta cinco por día y por cazador, desde el 10 de mayo hasta el 4 de agosto de 2013 inclusive.

La caza deportiva menor de todas las especies de patos se permite en Gral Villegas y también caza deportiva menor de la liebre europea y la perdíz chica. 
Las zonas vedadas son todos aquellos partidos no mencionados, las reservas naturales provinciales, el Delta del río Paraná, los ejidos de las ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y todas aquellas áreas concurridas por público.
Para la práctica de la caza deportiva menor es necesario contar con los siguientes requisitos: Licencia de Caza Deportiva, documento que es personal e intransferible; Documento Nacional de Identidad; autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice para la caza; permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsables.
Las armas autorizadas para la práctica de la caza deportiva menor son: escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.

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